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sábado, 17 de octubre de 2026

Colombia20 de septiembre de 2026Actualizado el 20 de septiembre a las 08:35 p. m.

Ordenan arrestar al alcalde de Cali y la sanción queda suspendida

Un juzgado impuso cinco días de arresto y una multa de $8.754.525 a Alejandro Eder por desacatar una tutela. La decisión pasó a consulta ante un juez de mayor jerarquía.

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El alcalde de Cali, Alejandro Eder
Foto: Cortesía · El País (Cali)

El Juzgado Décimo Civil Municipal de Ejecución de Sentencias de Cali ordenó cinco días de arresto contra el alcalde Alejandro Eder por desacatar una sentencia de tutela del 13 de agosto que le exigía dar claridad sobre cuatro convenios suscritos por la Alcaldía con Propacífico. La decisión incluye además una multa de cinco salarios mínimos mensuales, equivalentes a $8.754.525.

El incidente lo promovió el abogado Élmer Montaña, quien había radicado un derecho de petición el 23 de abril de 2026. El juez le dio a la Alcaldía un plazo de tres días para entregar las pruebas que respaldaran los convenios y concluyó que lo aportado por la Oficina Jurídica no respondía de manera clara, puntual y precisa a lo pedido, y que tampoco se envió respuesta al correo electrónico que el accionante había reportado.

La orden, sin embargo, no produce efectos inmediatos. El Departamento Administrativo de Gestión Jurídica Pública del Distrito precisó que la determinación fue remitida al grado jurisdiccional de consulta ante los Juzgados Civiles del Circuito de Cali, la instancia de superior jerarquía que debe revisar la legalidad del procedimiento.

Ana Catalina Castro, directora de esa dependencia, sostuvo que la medida no es definitiva. «Es indispensable transmitir absoluta tranquilidad a la ciudadanía y a los medios de comunicación. Esta medida no es definitiva ni tiene aplicación inmediata, toda vez que cuenta por ley con la instancia de consulta ante un juez de superior jerarquía», afirmó. La suspensión se apoya en el artículo 52 del Decreto 2591 de 1991.

La actuación se enmarca en el seguimiento al cumplimiento de la sentencia de tutela T-411 de 2026, en la que se pidieron precisiones técnicas, soportes contractuales y anexos sobre convenios firmados por distintas dependencias en administraciones anteriores.

La administración distrital sostiene que ha avanzado en el recaudo y traslado de los documentos junto con las dependencias ejecutoras, y que no hubo omisión ni renuencia voluntaria del mandatario ni de su gabinete, presupuestos que se exigen para configurar la responsabilidad en un proceso por desacato. El expediente sigue su trámite en el circuito judicial.

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