Saltar al contenido
NoticiasVeta

sábado, 17 de octubre de 2026

Política14 de octubre de 2026Actualizado el 14 de octubre a las 01:50 p. m.

Congresistas demandan ante el Consejo de Estado el decreto de protesta

Jennifer Pedraza, Alejandro Ocampo, Laura Daniela Beltrán y Daniel Monroy piden anular el Decreto 1525 de 2026 y suspender sus efectos. Alegan que solo una ley estatutaria puede limitar la protesta.

CompartirWhatsAppXFacebook
Manifestantes con banderas de Colombia y pancartas durante una marcha en Bogotá
Foto: El Tiempo (archivo) · El Tiempo

Congresistas de oposición radicaron demandas de nulidad ante el Consejo de Estado contra el Decreto 1525 de 2026, que el presidente Abelardo de la Espriella firmó este martes para cambiar las reglas del uso de la fuerza pública durante las manifestaciones. Las acciones llegaron a pocas horas de las marchas convocadas para este miércoles 14 de octubre por Fecode, centrales sindicales y sectores cercanos al petrismo.

La senadora Jennifer Pedraza sostiene que el Gobierno no podía modificar por decreto el protocolo de la protesta, porque el artículo 37 de la Constitución reserva a la ley la facultad de limitar ese derecho, y la Corte Constitucional ha exigido que sea una ley estatutaria. También cuestiona que la consulta pública del texto durara solo siete días y que no se convocara la Mesa Nacional de Garantías. A su juicio, el nuevo decreto convierte el diálogo previo a la intervención de la fuerza pública en una simple preferencia y abre la puerta a disolver protestas pacíficas por bloqueos.

El vicepresidente del Senado, Alejandro Ocampo, del Pacto Histórico, presentó una demanda con argumentos similares. Objeta en particular las disposiciones que, según su lectura, permitirían intervenir una marcha por afectaciones económicas o de movilidad y saltarse las etapas de diálogo y mediación. Pidió como medida cautelar de urgencia la suspensión provisional del decreto y, si se anula, que vuelva a regir el texto original del Decreto 003 de 2021 para no dejar un vacío de garantías.

«La Corte Constitucional ha establecido que las restricciones a la protesta deben respetar la reserva de ley y que una manifestación solo puede disolverse bajo condiciones estrictas de gravedad y necesidad. El Gobierno no puede crear nuevas restricciones mediante un decreto.»
Alejandro Ocampo, vicepresidente del Senado

A esas acciones se sumaron los representantes Laura Daniela Beltrán y Daniel Monroy, que además de la demanda de nulidad anunciaron una tutela y una solicitud de suspensión cautelar para evitar efectos inmediatos sobre los manifestantes, porque la norma entró en vigor de inmediato. «El actual Gobierno no es ni el Congreso de la República ni la Corte Constitucional; por eso, acudimos a estos instrumentos legales», señalaron.

El ministro del Interior, Rodrigo Lara, defendió la medida como «un decreto garantista y democrático» y repitió que el Gobierno respeta la protesta social, pero no tolera los bloqueos. El texto fija como causales para dar por agotado el diálogo, entre otras, impedir el paso de ambulancias, afectar servicios hospitalarios, portar armas y destruir infraestructura; esa decisión corresponde al Puesto de Mando Unificado, que debe dejarla en un acta, y los bloqueos por sí solos no quitan a una marcha su carácter pacífico. Ahora le corresponde al Consejo de Estado decidir si suspende la norma mientras estudia las demandas.

Relacionadas