Corte Suprema pide ajustar el estatuto antiterrorista de De la Espriella
La Sala Penal advierte que aparecer en el registro de terroristas que crearía el Gobierno no puede bastar para probar culpa ni para quitar bienes.

La Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia pidió al Gobierno de Abelardo de la Espriella ajustar el estatuto antiterrorista que se tramitará en el Congreso, en un concepto conocido este martes. El tribunal no rechaza el proyecto: reconoce que «persigue un fin constitucionalmente legítimo», pero advierte que varias de sus piezas centrales podrían chocar con la Constitución.
El principal reparo apunta al Registro Nacional de Organizaciones y Actores Terroristas, una lista que llevaría un órgano técnico adscrito al Ministerio del Interior y que permitiría congelar activos, inhabilitar para contratar con el Estado y bloquear transacciones. Para la Corte, figurar en ese registro es una decisión administrativa del Ejecutivo y, por sí sola, no puede servir para condenar a nadie.
«La inclusión en un registro administrativo no puede sustituir la prueba.»
Por esa misma razón, el concepto, firmado por el magistrado Carlos Roberto Solórzano, pide que el texto diga de forma expresa que «la inclusión en el Registro no constituye, por sí sola, prueba de responsabilidad penal». También advierte que el Estado podría terminar confiscando bienes, algo que la Constitución prohíbe, si no se demuestra su vínculo con una actividad ilegal, y cuestiona que se impongan restricciones a personas señaladas de pertenecer a una organización sin pruebas suficientes ni control judicial.
Los magistrados piden además revisar las sanciones y las penas de los nuevos delitos, así como los poderes que el proyecto le da al Gobierno, entre ellos seis meses de facultades extraordinarias para el presidente. El estatuto, de más de 130 artículos, fue redactado por los ministerios del Interior, Defensa y Justicia, y ya recibió el aval del Consejo Superior de Política Criminal, por 11 votos contra 3.
Las observaciones llegan antes del primer debate en la Comisión Primera del Senado. La iniciativa necesita mayorías calificadas y aprobarse en una sola legislatura, y después pasará por la Corte Constitucional, que tendrá la última palabra antes de que entre en vigor.


