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sábado, 17 de octubre de 2026

Economía28 de septiembre de 2026Actualizado el 28 de septiembre a las 08:25 p. m.

Colombia prohíbe importar bienes hechos con trabajo forzoso

El Decreto 1444 le da a la DIAN poder para decomisar esas mercancías. Es la respuesta a la exigencia de Washington, que cobra un arancel del 12,5 % a flores y confecciones.

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Grúas y contenedores en un terminal portuario
Foto: Archivo · El Heraldo

El Gobierno expidió el Decreto 1444 de 2026, que prohíbe la entrada al país de mercancías extraídas, cultivadas, cosechadas, fabricadas, ensambladas o procesadas, total o parcialmente, con trabajo forzoso u obligatorio. La norma rige desde el día siguiente a su publicación en el Diario Oficial.

Para definir qué es trabajo forzoso, el decreto adopta el Convenio 29 de la Organización Internacional del Trabajo: el que se exige a una persona bajo amenaza de una pena y para el cual no se ofreció voluntariamente. Quedan por fuera las excepciones de ese mismo convenio, como ciertas obligaciones militares o cívicas, los trabajos derivados de condenas judiciales vigiladas, la fuerza mayor y los pequeños trabajos comunales.

La DIAN será la encargada de hacer cumplir esa definición. Podrá pedir información, abrir investigaciones y, cuando corresponda, ordenar la aprehensión y el decomiso de la mercancía, que pasa a ser de prohibida importación. El Ministerio del Trabajo tendrá un papel técnico: a petición de la autoridad aduanera dirá si unos hechos constituyen trabajo forzoso, pero no podrá ordenar decomisos.

La norma responde a una exigencia de Washington. La Oficina del Representante Comercial de Estados Unidos incluyó a Colombia entre 60 economías que, a su juicio, no tenían prohibiciones suficientes contra estos productos, y el 23 de julio impuso un recargo del 12,5 % a parte de las exportaciones colombianas: flores, confecciones, algunos alimentos procesados, cosméticos y ciertas manufacturas. El café, el banano, el aguacate, el carbón, el petróleo y el cacao quedaron por fuera.

El decreto, sin embargo, no levanta por sí solo ese arancel: retirarlo es una decisión exclusiva de las autoridades estadounidenses. El Ministerio de Comercio había sometido el borrador a comentarios públicos entre el 11 y el 15 de agosto y lo notificó a la Organización Mundial del Comercio y a la Comunidad Andina, y ahora los exportadores quedan a la espera de la respuesta de Washington.

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