Juez levanta la suspensión de bombardeos con condiciones por menores
El Juzgado 34 de Familia de Bogotá resolvió de fondo la tutela: las operaciones aéreas pueden seguir, aunque con un estándar reforzado de precaución cuando haya niños reclutados.

El Juzgado 34 de Familia de Bogotá levantó la suspensión que pesaba sobre los bombardeos de las Fuerzas Militares en zonas donde haya información sobre niños, niñas o adolescentes reclutados por grupos armados. La decisión, que se conoció en la tarde de este miércoles 16 de septiembre, resuelve de fondo la tutela en la que el mismo despacho había frenado esas operaciones de manera provisional.
Levantar la medida no deja las manos libres. La sentencia impone un estándar reforzado de precaución: cuando exista información «cierta, objetiva o razonablemente verificable» sobre la presencia de menores, las autoridades deberán verificar con más rigor la inteligencia disponible, evaluar el riesgo concreto para sus vidas y «valorar alternativas operacionales menos lesivas y realizar el juicio concreto de proporcionalidad correspondiente».
Tampoco es una prohibición. «No se accederá a establecer una prohibición absoluta de operaciones aéreas ofensivas cuando exista presencia de menores de edad», dice el fallo, que considera que una orden así podría afectar de forma desproporcionada el deber del Estado de proteger a la población. A la vez advierte que la sola presencia de un menor en un campamento no lo convierte automáticamente en objetivo legítimo: su situación debe valorarse conforme al derecho internacional humanitario, teniendo en cuenta su edad y su condición de víctima del reclutamiento.
La tutela la presentó el abogado Ower Jimmy Borda Parra después del bombardeo del 27 de agosto contra la disidencia de las Farc de alias Calarcá en El Retorno, Guaviare, en el que murieron tres menores de 15 y 16 años, según Medicina Legal. La acción citaba también la operación del 10 de agosto contra el Eln en el Catatumbo, en la que murió un adolescente de 16 años. El 10 de septiembre el juzgado había dejado en firme la suspensión y rechazado la impugnación del presidente Abelardo de la Espriella, sus ministros de Defensa e Interior y la cúpula militar.
El mismo miércoles, en un debate de control político en la Comisión Segunda del Senado, el ministro de Defensa, Jorge Mora, defendió los protocolos de esas operaciones, que según dijo pasan por entre 17 y 21 pasos de verificación. «Quien pone en riesgo a los menores de edad en campamentos es la estructura criminal que los recluta e instrumentaliza ilícitamente como escudos humanos ante la acción de la ley», afirmó.
La discusión no queda cerrada. La sentencia puede ser apelada por cualquiera de las partes y, si no lo es, el expediente pasará a revisión de la Corte Constitucional, que tendrá la última palabra sobre los límites de los bombardeos cuando hay niños reclutados en la zona.


