Presidencia y Senado impugnan el fallo por el rezo en la posesión
Las dos entidades recurrieron ante el Juzgado Quinto Laboral del Circuito la orden de pedir disculpas por la invocación interreligiosa del 7 de agosto en Cali.

La Presidencia de la República y la presidencia del Senado impugnaron el fallo de tutela que ordenó al presidente Abelardo de la Espriella y al senador Honorio Henríquez pedir disculpas por vulnerar la neutralidad religiosa del Estado en la ceremonia de posesión del 7 de agosto. Ambos recursos se presentaron ante el Juzgado Quinto Laboral del Circuito, que dictó la decisión.
La ceremonia se realizó en la Universidad Santiago de Cali e incluyó un espacio de invocación y alabanza con un rabino, dos sacerdotes y un pastor cristiano, además de una imagen de la Virgen de Fátima. Las dos entidades sostienen que ese punto lo aprobó el pleno del Congreso, mediante un cambio del orden del día votado en la misma sesión, y que De la Espriella no estaba en el recinto en ese momento porque se desplazaba al Batallón Pichincha, donde pronunció su primer discurso.
El Senado añade que en el acto intervinieron tres credos —el católico, el cristiano y el judío— y que eso, en su lectura, no rompe la laicidad.
«La laicidad en Colombia implica imparcialidad e inclusión del pluralismo, no ateísmo ni discriminación hacia el fenómeno religioso.»
La Presidencia, por su parte, pide revocar dos de las órdenes. Una es la alocución de disculpas fijada para el 30 de septiembre, que considera cumplida porque el mandatario ya se disculpó en una declaración el domingo 30 de agosto; esa intervención terminó con la frase '¡Viva Cristo Rey!'. La otra es la directriz que debe expedir este mes para exigir a los funcionarios públicos respetar la neutralidad religiosa.
El escrito de la Presidencia, firmado por Carolina Jiménez, coordinadora del Grupo Gerencia de Defensa Judicial, apoya el recurso en la libertad de conciencia y de culto del jefe de Estado. Henríquez todavía no ha pedido disculpas. Con la impugnación, el expediente pasa a una segunda instancia que deberá mantener, modificar o revocar las órdenes.


