Primer hombre a prisión por acceso carnal con un animal
Una jueza de garantías de Santander ordenó la reclusión de Edwin Leonicio Vélez Cardozo por la agresión sexual a una perra criolla en San Vicente de Chucurí. Es el estreno judicial de la Ley 2627 de 2026.

Una jueza de control de garantías ordenó este jueves la reclusión en establecimiento carcelario de Edwin Leonicio Vélez Cardozo, procesado por acceso carnal con un animal en concurso con lesiones graves. Es la primera vez que la justicia colombiana envía a prisión a alguien por ese delito.
Los hechos que llevaron a esa decisión ocurrieron el 30 de agosto en el barrio Campestre de San Vicente de Chucurí, Santander. Según la investigación de la Fiscalía, apoyada por el Grupo Especial para la Lucha contra el Maltrato Animal, Vélez Cardozo retuvo a una perra criolla llamada Luna y la trasladó a su vivienda para agredirla sexualmente.
Los exámenes veterinarios establecieron el alcance del daño: inflamación y sangrado severo en varios órganos, además de secuelas de comportamiento que persisten. El animal presenta aislamiento, pérdida del apetito, miedo y respuestas de huida ante el contacto con personas.
El procesado no aceptó los cargos. La jueza consideró que representa un peligro para la sociedad y ordenó su detención inmediata mientras avanza el proceso penal, una posibilidad que antes no existía porque la conducta no estaba tipificada de forma autónoma.
Ese cambio lo introdujo la Ley 2627 de 2026, que convirtió el acceso carnal con animales en un delito propio y no excarcelable. La norma contempla penas de hasta cuatro años y medio de prisión, con agravantes si los actos ocurren en vía pública, frente a menores de edad, si se graban con fines de explotación pornográfica comercial o si terminan causando la muerte del animal.


