Revocan el arresto de cinco días contra el alcalde de Cali
Un juez de segunda instancia en Bucaramanga dejó sin efecto la sanción y la multa impuestas a Alejandro Eder en un incidente de desacato por un derecho de petición sobre cuatro convenios.

El Juzgado Segundo Civil del Circuito de Ejecución de Sentencias de Bucaramanga revocó este lunes la sanción de cinco días de arresto y la multa de cinco salarios mínimos que pesaban sobre el alcalde de Cali, Alejandro Eder. Con esa decisión, la orden de arresto derivada del trámite de desacato quedó sin efecto.
El caso empezó el 23 de abril de 2026, cuando el abogado Élmer José Montaña Gallego pidió a la Alcaldía información y documentación sobre cuatro convenios suscritos entre el Distrito de Cali y Propacífico, una entidad privada sin ánimo de lucro. Al considerar insuficiente la respuesta, acudió a una acción de tutela.
El Juzgado Décimo Civil Municipal de Ejecución de Sentencias de Cali le dio la razón el 13 de agosto y ordenó a la Administración complementar la información en tres días. La Alcaldía presentó un informe el 4 de septiembre, pero el juez Carlos Restrepo concluyó que no respondía con claridad y precisión a lo preguntado y que no había evidencia de que se hubiera enviado al correo del peticionario. Por eso impuso el arresto y la multa a Eder como representante legal de la entidad, y dispuso comunicarlo a la Policía Nacional.
Como la sanción salió de un incidente de desacato, tenía que ser revisada por un juez de segunda instancia antes de hacerse efectiva. Ese despacho estudió de nuevo el expediente y concluyó que la Alcaldía sí había atendido el derecho de petición, porque puso los documentos a disposición a través de la plataforma oficial de contratación pública Secop II.
El razonamiento del juez fue que exigir a la Alcaldía reproducir y enviar expedientes de gran volumen cuando ya reposan en plataformas oficiales vulnera los principios de eficiencia, celeridad y uso adecuado de las tecnologías en la gestión pública.
Horas antes de conocerse la decisión, Montaña había sostenido que remitirlo al Secop no bastaba porque allí no aparecen las actas, constancias y demás documentos que permiten demostrar cómo se ejecutaron esos contratos. La directora Jurídica de la Alcaldía, Ana Catalina Castro, confirmó la notificación del fallo y afirmó que la entidad seguirá garantizando el acceso a la información pública por sus canales institucionales.


