Saltar al contenido
NoticiasVeta

sábado, 17 de octubre de 2026

Colombia11 de septiembre de 2026Actualizado el 11 de septiembre a las 09:00 p. m.

La Corte avala pedir datos biométricos para dar el pasaporte

Una sala de tutela concluyó que la captura de huellas y rasgos físicos no vulnera la intimidad ni el hábeas data, pero le advirtió a la Cancillería que no puede guardar esa información de forma indefinida.

CompartirWhatsAppXFacebook
Un ciudadano sostiene su pasaporte colombiano en una oficina de expedición
Foto: Cortesía · El Heraldo

La Corte Constitucional avaló este viernes que se exijan datos biométricos en el trámite de expedición del pasaporte. El fallo resolvió la tutela de una ciudadana que se negaba a cumplir ese requisito y sostenía que era innecesario, porque la Registraduría ya tiene esa información y podría entregársela a la Cancillería.

La demandante argumentaba además que pedirle otra vez sus rasgos físicos atentaba contra su intimidad y su derecho al hábeas data. La sala de decisión, integrada por la magistrada Lina Marcela Escobar Martínez y los magistrados Vladimir Fernández Andrade y Juan Carlos Cortés González, que la presidió, concluyó que la exigencia no desconoce esos derechos.

Para el tribunal, la captura de esa información es necesaria para verificar la identidad de quien solicita el documento, previene suplantaciones y preserva la seguridad nacional, sin que exista otro mecanismo menos invasivo para el mismo fin. La sala aclaró que entre la Registraduría y la Cancillería no hay traslado de información biométrica, sino una validación de la identidad, y que por eso hace falta capturar de nuevo los datos.

La decisión trajo un reproche. La Corte advirtió que la Cancillería conserva de manera indefinida los datos biométricos que recolecta, algo que no tiene razón constitucional ni legal que lo justifique, y le recordó que debe mantenerlos únicamente durante el tiempo necesario para cumplir el propósito para el que los pidió.

El fallo no fue unánime. El magistrado Vladimir Fernández Andrade salvó su voto al considerar que la tutela debió declararse improcedente por incumplir el requisito de subsidiariedad.

Relacionadas